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domingo, 16 de junio de 2013

El abc para emitir recibos de honorarios

Credito:
Ilse Santa Rita / El Economista

¿Usted trabaja por salarios pero le surgió un proyecto alterno? ¿Se integrará por primera vez al mercado laboral pero cobrará como profesional independiente? Entonces, usted debe expedir recibos de honorarios.



Estos son los comprobantes que debe entregar a sus clientes por el monto de lo que haya cobrado. Para evitar que el proceso sea una pesadilla, Fe Cabrera, gerente de Soporte de Impuestum Contadores, y Carlos Santillán, director de Sistemas de FiscoClic, detallan cuál es el camino para emitir comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB). “Los comprobantes impresos con CBB son para personas que planean recibir ingresos menores a 4 millones de pesos en el año, quienes tengan ingresos superiores deben emitir facturas electrónicas”, dijo Carlos Santillán.

El propósito de esta guía es ofrecer una secuencia de trámites. Para abundar en los detalles de cada requisito solicite orientación en el SAT.
a) Obtención de sus claves

1. Para emitir recibos de honorarios, pregunte a su contador de confianza o a un consultor del SAT sobre el régimen al que debe inscribirse de acuerdo con las actividades que realizará. Puede encontrar información en el apartado de Principiantes en la página web del SAT (www.sat.gob.mx).

2. Averigüe cuáles son los papeles que necesita para tramitar su RFC, Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) y la Fiel. Todos los requisitos puede encontrarlos en la página de la dependencia.

3. Saque una cita en alguna de las oficinas del SAT a través de la página de Internet. Hay algunas oficinas que no atienden sin previa cita.

4. Una vez que esté en las oficinas, pregunte al asesor cuáles son sus obligaciones fiscales. Esto se refiere, por ejemplo, a qué impuestos debe de pagar y cuál es el día del mes en el que le toca hacer su declaración mensual. Pregunte también cuáles son las deducciones a las que tiene derecho.
b) Solicitud de folios y código de barras

5. Con sus claves CIEC y Fiel ya puede solicitar la asignación de folios. Esto significa que usted le pedirá al SAT que le asigne una secuencia numérica para identificar sus recibos. Por ejemplo: del uno al 20.

6. Para solicitar la aprobación de sus folios debe entrar a la página del SAT al apartado de Información y Servicios, Comprobantes Fiscales, Comprobantes fiscales impresos con código de barras y y luego dé clic en la opción de Servicios.

7. En ese apartado encontrará guías y videos que le dirán paso por paso cómo llenar el formulario de la solicitud de folios. El rango numérico lo elige usted según el número de recibos que crea que va a utilizar en el año, por ejemplo, del uno al 20.

8. De inmediato, el sistema le dirá si sus folios quedaron aprobados y el SAT le proporcionará un Código de Barras Bidimensional en formato de imagen que usted deberá guardar en su computadora.
c) Elaboración de los recibos

9. Una vez que cuente con folios y Código de Barras Bidimensional , usted mismo puede imprimir sus facturas en casa con una impresora convencional. Sólo será necesario que elabore un diseño simple (puede ser en Word) que cumpla con la información que pide el SAT. También puede ir con un impresor, aunque le cobrará el servicio. En cualquiera de los dos casos deberá asegurarse de que sus facturas contengan la información necesaria (vea tabla anexa).

10. Ahora usted mismo deberá llevar el control de a quién le entrega facturas y tener cuidado de no entregar folios duplicados . Para hacerlo, puede crear una carpeta que se llame: Recibos expedidos. Ahí puede guardar una copia de todas las facturas que entregue. Para identificarlos, puede guardarlos con el nombre de: Recibo, seguido del número de folio, a quién se lo entregó y una descripción breve. Por ejemplo: Recibo_01_Nombredelaempresa_logotipo.

11. Pida facturas de todo los conceptos que puede hacer deducibles y lleve un archivo. La organización es muy importante.

12. Presente sus declaraciones a tiempo. Las mensuales generalmente deben presentarse a más tardar el día 17; sin embargo, tiene de uno a cinco días más de plazo, según el sexto dígito numérico de su RFC. La declaración anual para personas físicas es en abril. Para más información llame al (01 800) 4636-728.
¿Qué debe incluir mi recibo?

Para conocer detalladamente qué elementos debe llevar su recibo, consulte la página del SAT, acceda al apartado Información y Servicios y dé clic en Comprobantes fiscales impresos con código de barras.

Clave RFC del emisor.
Régimen fiscal en que tribute.
Si se tiene más de un establecimiento, se deberá indicar el domicilio del local en el que se expidan.
Lugar y fecha de expedición.
RFC de la persona en favor de quien se expida.
Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio.
Valor unitario consignado en número.
Importe total consignado en número o letra.
Si el pago se realiza en una sola exhibición o en partes.
Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, etcétera).
Debe incluir el Código de Barras Bidimensional.
El número de aprobación de folios.
El número de folio.

Dos leyendas:

1) “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”.

2) ”Este comprobante tendrá una vigencia de dos años a partir de la fecha aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”.

ilse.santarita@eleconomista.mx

1 comentario:

Anónimo dijo...

No es tan seenϲillo encontrar textos coɦerentemente rеdactados, por lo que aprovcho parɑ reconocеrselo аal autor.Enhorabuena!


Mas informacion en ; Saray